Real cedula de S.M. y señores del Consejo en que para dejar expedita la jurisdiccion del Tribunal de la Comisaría General de Cruzada en los asuntos de cobranza y exâccion de la gracia del subsidio, se mandan observar los tres capítulos insertos de la escritura de concordia otorgada con las santas iglesias de Castilla y Leon en el año de 1757, con lo demas que se expresaenla Imprenta de Don Pedro Marin, 1789 - 10 pages |
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acostumbraba administracion de Justicia admitir Alcaldes arreglen asiento asunto Audiencias auxilio Cabildos cantidad capítulos Castilla y Leon causas Cédula cesiones cion citada Cnancillerías cobranza cobrar Comisarios compe competencias Concordia Conde condicion conocer Consejo Corte costoso recurso crédito cumplan cumplimiento cuya Dada dándose daréis deba pagar debiere declarando Despacho deudas Eclesiásticas ello Escritura están estén evitar executar firmado frutos fuere fuerza fuesen gracia del subsidio guardar Iglesias de Castilla interesadas Jueces de Cruzada Julio de mil jurisdicciones Leon en veinte llevar mandar manera mente mil seiscientos setenta mil setecientos motivo necesario nueve observan ofrecieren ordinaria original otorgada pedido Pedro Escolano perjuicio personas Pragmática preciso Presidente prevenidas procedimientos prohibiendo provisiones pudiesen punto qualesquiera razon Real orden referidas rentas repartimientos rige salarios Santas Iglesias Secretario seiscientos veinte siete de Julio Subdele Subdelegados subsidio y escusado sumisiones tencias tenga tocantes Tribunales veinte y siete Verdugo