Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volume 29 |
What people are saying - Write a review
We haven't found any reviews in the usual places.
Other editions - View all
Common terms and phrases
acuerdo Administracion agosto Alcalde aprobar arreglo Audiencia autorizando Ayuntamiento capital cargo causa cesante cion citado civil clase completa comprendidos concede condiciones conforme conocimiento Consejo Considerando constituido consulta corresponda cree cuenta curso dado debe Declarando decreto derecho despues destino dias Diputaciones Direccion disponer disposiciones distrito documentos efectos enseñanza escudos españoles especial espediente espresa establecimientos favor fecha fijado finca fiscal Fomento Gaceta Gobernador Gracia guarde Hacienda hallen individuos instancia intereses Jefes José Juez julio junio Junta Justicia Juzgado libre llevar Madrid María medio Ministerio Ministro necesario nombre noviembre nueva número objeto obligaciones obras octubre oficial pago país pasado plazo podrá presente Presidente presupuesto primera principio proceder propiedad propio provincia provinciales Provisional pública pueblo punto queda razon Real decreto Real órden registro reglamento Reina respecto resulta REVISTA Sala Seccion Secretario segundo señalado serán servicio siguiente superior tambien tenido tercero término título TOMO trata Tribunal último Ultramar Vengo vista
Popular passages
Page 155 - Ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto. Madrid 28 de Septiembre de 1889.— Señora: A LRP de VM, Manuel Becerra.
Page 315 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.
Page 474 - El gobierno político de las provincias residirá en el jefe superior, nombrado por el Rey en cada una de ellas.
Page 740 - Las letras de cambio, sin necesidad de reconocimiento judicial respecto al aceptante que no hubiere puesto tacha de falsedad á su aceptación, al tiempo de protestar la letra por falta de pago.
Page 630 - Fundado en estas importantes consideraciones, en uso de las facultades que me competen como individuo del Gobierno provisional, de conformidad con el mismo y como Ministro de Fomento, vengo en decretar lo siguiente: Primero.
Page 386 - Rechazamos el nombre que ya nos dan nuestros enemigos; rebeldes son, cualquiera que sea el puesto en que se encuentren, los constantes violadores de todas las leyes , y fieles servidores de su patria los que, á despecho de todo linaje de inconvenientes, la devuelven su respeto perdido.
Page 299 - Conformándome con lo propuesto por el Ministro de Ultramar, de acuerdo con el Consejo de Ministros y en virtud de la autorización quo concede á Mi Gobierno el artículo 89 de la Constitución de la Monarquía, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.
Page 274 - Fundado en las consideracio'hes expuestas, el Ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.
Page 155 - Hacienda, de acuerdo con el parecer del Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.°...
Page 380 - Real orden lo digo á VI para su inteligencia y efectos consiguientes. =Dios guarde á VI muchos años. Madrid 25 de abril de l851.=Moyano.