Colección de documentos ineditos relativos al descubrimiento: conquista y organización de las antiguas posesiones españolas de ultramar. 2. ser |
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acordado adelante agora alos ansi ansy Audiencia buen capitulo cargo carta causa cerca cibdad cion ciudad conforme conquistadores Consejo conviene cumpla dado daño dello dellos demas derechos desa despues destos devia dias ello encargo encomendados ende enla esclavos España españoles especialmente estan Fecha fuere fuese governador guardar haga hazer hazienda Indias justicia libro licencia llevar luego lugares Madrid Magestad mandamos manera mercaderias merced Mexico mill e quinientos moneda naturales navios nombre nues nueva nueva España Obispo obligados oficiales oficio orden oviere oydores pagar parecido pasar pena personas plata poblacion poder poner presente Presidente primero proveer provincia provisión publico pueblos puerto qual quales qualquier queriendo quinientos y treynta razon Real cédula Refrendada relacion reside Reyna saber sacar Samano Santo sean señalada servicio Sevilla tengan tenido tierra tierra firme trata tributos Valladolid villa visto yndios ynformados ysla yslas
Popular passages
Page 441 - Nos últimamente fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón, y Nos tuvímoslo por bien.
Page 175 - Doña Juana, su madre, y el mismo Don Carlos, por la misma gracia, Reyes de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerasalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba...
Page 171 - Consejo fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra Carta para vos en la dicha razón : e Nos tovímoslo por bien...
Page 275 - Don Juan de Palafox,» nos da los siguientes datos: «La monarquía espa«ñola, por Cédula expedida en 27 de octubre de 1533, prohibió que «los conquistadores y pobladores de la Nueva España, a quienes se «repartiesen tierras, las vendiesen «a Iglesia ni monasterio ni a per«sona eclesiástica, so pena que lo hayan perdido y pierdan y se pue«dan repartir a otros.
Page 94 - Sevilla todos los bienes que les enbargó a poder de los nuestros oficiales de la Casa de la Contratación de las Indias, que...
Page 195 - Por lo cual os damos licencia, y facultad, para que por tiempo de diez años primeros siguientes, que corran y se cuenten desde el día de la fecha...
Page 9 - Rey de alemania doña juana su madre y el mismo don Carlos por la misma gracia Reyes de castilla de león de aragon de las dos sicilias de herusalem de navarra de granada de toledo de valencia de galizia de mallorcas de Sevilla de cerdeña de Cordova de corcega de murcia de...
Page 335 - E los unos ni los otros no fagades ni fagan ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced e de diez mill maravedís para la nuestra Cámara a cada uno que lo contrario fiziere.
Page 269 - AM. HIST. REV., VOL. XXI. — 50. pagados, o como la nuestra merged fuese, lo qual visto por los del nuestro consejo de las yndias y comigo el Rey consultado, fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta en la dicha Razon e nos tovimoslo por bien, por la qual...
Page cxi - ... publico que para esto fuere llamado que de ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo porque nos sepamos en como se cunple nuestro mandado. Dada en la villa de...