Comentarios à la legislación hipotecaria de España, Volum 3 |
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Comentarios à la legislación hipotecaria de España, Volum 4 León Galindo y de Vera Visualització completa - 1900 |
Comentarios à la legislación hipotecaria de España, Volum 2 León Galindo y de Vera Visualització completa - 1899 |
Comentarios à la legislación hipotecaria de España, Volum 1 León Galindo y de Vera,Rafael de la Escosura y Escosura Visualització completa - 1899 |
Frases i termes més freqüents
acción acreedor adquirido afecta anotación anteriores antigua arreglo arts asegurar asiento cancelación cantidad capital causa censo ción circunstancias civil comprende concede condición considerarse consigna constar constitución constituída contrato crédito crédito hipotecario creemos cumple debe declara declaración derecho real determina deudor dice dispone disposición dispuesto documento dominio dote duda dueño efectos embargo enajenación entenderse entrega escritura especial establece exigir existe expresa falta favor fecha finca finca hipotecada garantía gravada haga halla hipoteca hipoteca legal hipotecario hubiese importe inmuebles inscribirse inscripción intereses judicial Juez juicio libros marido medio modo muebles mujer necesario nombre nueva núm número objeto obligación orden otorgamiento pacto padre pago parece párrafo pensiones perjuicio plazo poder podrá poseedor posteriores precepto precio presente prestar primer primera principio procede propiedad pública queda razón recibido reclamar Registro Regl reservables respecto responde segundo tenga tenía tercer tercero términos título TOMO trata Tribunal último valor venderse venta virtud
Passatges populars
Pàgina 106 - Las inscripciones no se extinguen en cuanto á tercero sino por su cancelación, ó por la inscripción de la transferencia del dominio ó derecho real inscrito á favor de otra persona.
Pàgina 331 - Sólo podrán constituir hipoteca voluntaria los que tengan la libre disposición de sus bienes, ó en caso de no tenerla, se hallen autorizados para ello con arreglo á las leyes.
Pàgina 516 - Si no hubiere contraído aún matrimonio, ó habiéndolo contraído fuere menor, deberán ejercitar aquel derecho en su nombre y calificar la suficiencia de la hipoteca que se constituya, el padre, la madre, ó el que diere la dote ó los bienes que se deban asegurar. A falta de estas personas, y siendo menor la mujer, esté ó no casada, deberá pedir que se hagan efectivos los mismos derechos el curador, si lo hubiere.
Pàgina 598 - La fianza deberá asegurar: 1.° El importe de los bienes muebles que entren en poder del tutor. 2.° Las rentas ó productos que durante un año rindieren los bienes del menor ó incapacitado. 3.° Las utilidades que durante un año pueda percibir el menor de cualquier empresa mercantil ó industrial.
Pàgina 353 - Las hipotecas sujetan directa é inmediatamente los bienes sobre que se imponen al cumplimiento de las obligaciones para cuya seguridad se constituyen , cualquiera que sea su .poseedor. Art. 406. Solo podrán ser hipotecados: Primero. Los bienes inmuebles. Segundo. Los derechos reales enajenables con arreglo á las leyes, impuestos sobre los bienes inmuebles.
Pàgina 308 - En los casos á que se refieren los dos artículos anteriores, se cancelarán á instancia del comprador las inscripciones de las hipotecas á que estuviere afecta la finca vendida, expidiéndose para ello mandamiento, en el que se exprese que el importe de la venta no fue suficiente para cubrir el crédito del ejecutante, y en su caso haberse consignado el importe del crédito del primer acreedor, ó el sobrante, si lo hubiere, á disposición de los interesados.
Pàgina 616 - El asegurador de bienes inmuebles tendrá derecho á exigir una hipoteca especial sobre los bienes asegurados, cuyo dueño no haya satisfecho los premios del seguro de dos ó más años, ó de dos ó más de los últimos dividendos, si el seguro fuere (2) mutuo.
Pàgina 165 - El derecho de percibir los frutos en el usufructo, pero quedando extinguida la hipoteca, cuando concluya el mismo usufructo por un hecho ajeno á la voluntad del usufructuario. Si concluyere por su voluntad...
Pàgina 570 - ... del padre á hipotecar los primeros inmuebles que adquiera. Si fueren inmuebles los bienes reservables, mandará el juez que se haga constar su calidad en el registro, en la forma prescrita en el artlcuculo 173.
Pàgina 449 - Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, la mujer que tuviere á su favor dote confesada por el marido antes de la celebración del matrimonio ó dentro del primer año de él , podrá exigir en cualquier tiempo que el mismo marido se la asegure con hipoteca . siempre que haga constar judicialmente la existencia de los bienes dótales, ó la de otros semejantes ó equivalentes . en el momento de deducir su reclamación.