Recopilacion de leyes de los reinos de las Indias, mandadas imprimir y publicar por la Magestad católica del rey don Carlos II. neustro señor, Volume 3

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Boix, 1841

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Page 117 - Rey nos, y Provincias de las Indias se use el Papel sellado; y en este delito no ha de ser necesario Denunciador para proceder de oficio. Y porque es de calidad, que se puede cometer en secreto, para imposibilitar la probanza, declaramos que se ha de tener por legítima la de tres testigos singulares, según está dispuesto por nuestras leyes Reales en la averiguación de los sobornos.
Page 68 - Gobernadores la parte que se le ha de dar de lo que sacare y obligándose por su persona y bienes, con fianzas bastantes de que satisfará y pagará los daños y menoscabos que de buscar el tesoro se siguieren en las casas, heredades o posesiones a los dueños, donde presumiere que está, como fuere tasado por personas de inteligencia y experiencia nombradas para ello, y hará el descubrimiento por su cuenta y pagará de su hacienda todas las costas y gastos necesarios.
Page 93 - Cuando los jueces y justicias, oficiales reales ó sus tenientes, conforme á lo dispuesto, aprehendieren por descaminadas algunas mercaderías de estos y otros reinos, y las declararen y aplicaren por de comiso, si los interesados apelaren de las sentencias, es nuestra voluntad y mandamos, que siendo de calidad que de guardarse puedan recibir daño...
Page 142 - Habiendo los Señores Reyes Católicos D. Fernando, y Doña Isabel, nuestros gloriosos progenitores, fundado la Casa de Contratación de las Indias en la Ciudad de Sevilla, por establecer y perpetuar el comercio de estos con aquellos Reynos de que han resultado muy buenos efectos: Es nuestra voluntad ordenamos y mandamos, que la dicha Casa esté, y resida, como ahora reside, en la dicha Ciudad, en el Alcázar viejo, y...
Page 80 - ... por las de España de entrada donde se descargaren y llevaren; y esta cantidad se cobre solamente del mayor crecimiento y valor que tuvieren las mercaderías de España en las provincias de Chile ó en las otras del Perú, de donde se sacaren y cargaren, como se ha de hacer de las que se llevaren de TierraFirme al Perú, y esto sea general, y se guarde en todos los puertos de las Indias, que de las mercaderías de España no se pague en ellos almojarifazgo de la salida; y en el de la entrada...
Page 100 - ... resoluciones, general, y especialmente dadas. Alguaciles mayores de las Audiencias, Escribanos de Cámara de las Audiencias, Escribanos del Crimen de la Sala de Alcaldes, Escribanos de los Juzgados de Provincia, Escribanos de Gobernación de las Cabezas de Partidos, donde hay Vireyes...
Page 91 - Mandamos á los dichos nuestros oficiales, que visiten los ba jeles , y reconozcan los negros y mercaderías que llegaren á su distrito , y aprehendan por descaminadas las que se hubieren llevado fuera de registro , procediendo de oficio , sin admitir denunciaciones de terceras personas, hasta después de hecha la visita, y entonces permitimos que las admitan de lo que en ella se hubiere ocultado , y apliquen el comiso , conforme á derecho y ley 21, iít.
Page 81 - Reino o provincia, sin distinción ni diferencia. Y es nuestra voluntad que este derecho se cobre de todas las mercaderías de la tierra: como son azúcar, miel, jabón, cordobanes, ropa, paños, sayales, madera y cosas hechas de ella y cualesquier otras que hubiere y se navegaren, excepto del trigo, harinas y legumbres que de estos mantenimientos no se ha de pagar si no fuere en caso que se saquen para provincias distintas; y si habiéndose pagado los cinco por ciento de la entrada donde se fueren...
Page 82 - Plata se cogiere, sacare y llevare por mar de unos puertos à otros , asi de los que hay en una misma provincia como en diversas para vender y consumir en ellas, habiendo permisión nos han de pagar las personas que lo sacaren y llevaren cuatro reales de derechos de almojarifazgo de cada botija perulera-, y llevándose en cueros ó pipas, ó en otras vasijas, al dicho respecto ; y de las botijas que se llevaren y traginaren por tierra desde los lugares, viñas y bodegas...
Page 80 - ... las mercaderías de España en las provincias de Chile ó en las otras del Perú, de donde se sacaren y cargaren, como se ha de hacer de las que se llevaren de TierraFirme al Perú, y esto sea general, y se guarde en todos los puertos de las Indias, que de las mercaderías de España no se pague en ellos almojarifazgo de la salida; y en el de la entrada se tenga respecto á cobrarlo del mayor crecimiento que tuvieren en las partes á donde se llevaren á vender, del que tenían allí de donde...

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